Existen ciertas incoherencias respecto de las retenciones a las exportaciones que no dejan de llamar la atención. En primer lugar, podemos identificar una inconsistencia, si se quiere, de tipo legal. Es sabido que los impuestos deben ser establecidos por Ley y, por tanto, su sanción corresponde al Poder Legislativo. Ahora bien, el Poder Ejectutivo, en virtud de la Ley de Emergencia Económica por la cual se le delegan facultades legislativas, tiene la potestad de modificar las alícuotas impositivas. Tenemos entonces que el instrumento legal que posibilita al gobierno a establecer dichas retenciones es uno que declara al mismo tiempo un estado de emergencia económica y financiera. Situación que ya nada se parece a aquella que reinaba en el momento en que se sancionó la ley, y que resulta inconsistente con los mensajes que nuestra Sra. Presidente emite respecto de altas tasas de crecimiento, bajo desempleo y disminución de la pobreza. ¿Cuál es la emergencia entonces?.
En segundo lugar, tenemos una inconsistencia de tipo técnico, o bien, directamente una mentira. Pues se justifica el establecimiento de las retenciones como instrumento que permita aislar el aumento del nivel de precios internacional del mercado local. Sin embargo, la alícuota más alta para que los precios no se trasladen al mercado local se coloca a la soja, que casualmente es la materia prima cuyo precio internacional es más alto, pero también es la que menos se demanda en el mercado interno. Nos venden, por tanto, un objetivo fiscal disfrazado en este tipo de cuestiones y otros como la distribución del ingreso.
Por último, quisiera hacer una reflexión respecto de la última medida, la cual una vez más fue tomada de manera unilateral. Hay que decir que si bien permite solucionar el problema de los mercados de futuros (pues para que funcionen debe existir expectativa de ganancia) no resuelve nada respecto de la actual presión impositiva, que continua ubicándose en 41,8% para el precio de la soja por ejemplo. Esto porque lo único que se ha hecho es disminuír las alícuotas marginales a partir de un nivel de precios determinado (US$ 600 para la soja), por lo que las retenciones siguen una trayectoria creciente hasta un máximo y luego decrecen. Sin embargo, el nivel de precios a partir del cual comienzan a caer dista mucho del actual, por lo que en lo inmediato no hay ningún cambio.
Felipe
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